Cómo calcular las prestaciones de un empleado que renuncia En Republica Dominicana


Cómo calcular las prestaciones de un empleado que renuncia En Republica Dominicana



Cuando firmas un contrato de trabajo, tú y tu jefe acuerdan ciertas cosas que tienen que respetarse siempre. Si tú decides dejar el trabajo por tu cuenta, no tienes derecho a que la empresa te pague un dinero llamado "auxilio de cesantía", pero sí tienes derecho a otras cosas, como parte del dinero que te correspondería en Navidad, el dinero que te correspondería por tus vacaciones no tomadas y algunos extras que hayan sido acordados en tu contrato de trabajo.


El Código de Trabajo dice que si tú o tu jefe deciden que uno de ustedes se va a ir del trabajo, tienen que avisarle al otro con antelación, según lo que dice el artículo 76 del código. Si alguien no quiere avisar con antelación, tiene que pagarle al otro una cantidad de dinero según lo que dice el artículo 79.


Por último, te quiero contar que el Ministerio de Trabajo tiene una herramienta muy útil en su página web que te ayuda a calcular cuánto dinero le tienes que pagar a tus empleados si se van del trabajo. Puedes encontrarla en este enlace: http://calculo.mt.gob.do/


 

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